ARRENDAMIENTOS URBANOS

Nuestras investigaciones en este ámbito, reguladas por la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, va dirigida a obtener pruebas de los siguientes aspectos:

• No utilización de la vivienda arrendada como vivienda permanente.
• Uso diferente de la finalidad del contrato, utilización de la finca arrendada para ejercer alguna actividad.
• Cesión de la vivienda a otra persona sin consentimiento del arrendador.
• Subarriendo parcial o total sin consentimiento del arrendador.
• El titular del contrato ha muerto y no se ha notificado.
• Subrogaciones indebidas.
• El titular del contrato es propietario de una vivienda en el municipio o zona cercana libre de arrendatarios.
• Obras irregulares.